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miércoles, 29 de enero de 2014

¿Cómo será la bajada del IRPF prometida por Rajoy?

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, confirmó el lunes pasado durante una entrevista televisada que el Ejecutivo prepara un recorte del impuesto sobre la renta, que se aprobará este ejercicio y entrará en vigor durante el 2015, año de las próximas elecciones generales. Pero, ¿hay margen para ese recorte en las arcas públicas?, ¿a quién podría afectar?, ¿qué plazos concretos se manejan? Hemos preguntado a algunos expertos sobre éstas y otras cuestiones relacionadas con la promesa de Rajoy.

Las rentas bajas, primero

Javier Flores, jefe de estudios de Asinver, opina que es razonable que el recorte afecte en primer lugar a las rentas más bajas, pues éstas son las que han soportado en su mayor parte el ajuste de la crisis. Esto supondría recortar los impuestos al colectivo más numeroso de ciudadanos (algo clave en un año electoral) con el menor coste posible para las arcas públicas. En concreto, José María Mollinedo, secretario general de Gestha, explica que el 39,4% del total de declarantes (7.678.000) tienen ingresos por debajo de los 12.000 euros, pero su cuota líquida -"lo que les resulta a pagar"-, no llega al 2,12%. En ese sentido, "cualquier rebaja impositiva les viene bien, pero el impacto que tiene en las cuentas públicas es muy pequeño".


Por eso, tanto Flores como Mollinedo opinan que el primer paso que dará el Gobierno en cuanto al IRPF será su simplificación, en beneficio no sólo del contribuyente, sino también del Estado. Por ejemplo, reduciendo el mínimo exento de tributación, lo que retiraría la obligación de tributar a miles de personas que pagan muy poco, ahorrando a Hacienda los costes de tramitación del impuesto.

Estas medidas están en línea con las medidas "populistas" adoptadas en algunas comunidades autónomas como en Extremadura, Galicia, y Cantabria, "que han bajado un poquito las cuotas autonómicas. Por ejemplo, en Galicia el impacto medio es de 50 euros al año, lo que les sirve para decir que ha bajado los impuestos", explica Mollinedo, quien añade que la situación en Madrid es diferente, pues esta comunidad ha rebajado medio punto en todos los tramos, por lo que las rentas altas son las más beneficiadas, al tener mayor nivel de ingresos.

Una reducción del mínimo exento del IRPF también casaría con las declaraciones en este sentido del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, quien ya adelantó a finales del ejercicio pasado que la bajada del IPRF se aplicaría de manera progresiva durante tres años y afectaría primero a las rentas más bajas.

En ese sentido, Flores aventura que, junto con la reducción de los impuestos a las rentas bajas, se anunciará una reducción a las rentas superiores, que entrará en vigor más adelante, en la próxima legislatura. De este modo, el Gobierno "lograría ese titular de que se ha reformado el IRPF y se pagan menos impuestos", sin tener que aplicarlo inmediatamente. Tampoco descarta una reducción de los tramos y las deducciones.

Por su parte, Luis Caramés, catedrático de la Universidad de Santiago, opina que "el incremento de la presión fiscal por renta personal no ha sido uno de los mayores aciertos del Gobierno. La recuperación de la demanda interna necesita muchos apoyos y uno tendría que ser éste. Además, puesto que nuestro IRPF es un impuesto que recae fundamentalmente sobre los salarios, requiere una revisión en ese sentido, sin tipos "para la galería", que afectan a rentas que tienen mayor facilidad para la evasión fiscal".

Las familias, en el centro de la reforma

Montoro también ha adelantado que la reforma tributaria incluirá medidas específicas para las familias, que ayuden a fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar.

Flores explica que este tipo de declaraciones resultan "coherentes con la línea que lleva haciendo el Gobierno en otro tipo de reformas" y también con "la política fiscal que el PP hizo en su anterior etapa en el Gobierno". 

Mollinedo cree que estas declaraciones se concretarán en un "aumento las deducciones para las familias, bien por tributación conjunta o por los mínimos personales por ascendientes o descendientes".

En todo caso, Mollinedo avisa de que esto limitaría la posibilidad de bajar el IRPF al resto de ciudadanos que no tengan hijos. "Porque hay 4.177.000 de familias con hijos que presentan declaración conjunta, del total de 19.467.000 declaraciones. Si miramos las reducciones de los mínimos personales y familiares, el mínimo por descendiente lo están aplicando 7.493.000 declarantes, mientras que el mínimo por ascendiente lo están aplicando otras 118.000 personas ( si bien, hay gente que no tiene rentas suficientes para declarar por ello)". En ese sentido, Mollinedo tacha iniciativas de este tipo de "medida cosmética que afecta a muy pocas personas".

¿Rebaja o marcha atrás?

No obstante, para valorar si el Gobierno va a aprobar un recorte "real" de los impuestos, hay que tener en cuenta con qué se compara la hipotética rebaja: la situación actual o la anterior a la toma de posesión del Ejecutivo, tal y como recuerda Mollinedo. Recién aterrizado en el Gobierno, Rajoy se vio obligado a anunciar una gran subida de impuestos, de entre el 0,75% para el tramo inferior y el 7% para las rentas superiores a los 300.000 euros. Entonces, dijo que la subida sólo estaría vigente en 2012 y 2013, pero después se vio forzado a prorrogarlo, para no descarrilar en su objetivo de déficit. En este sentido, la primera pregunta que cabe hacerse es si la rebaja simplemente devolverá los tipos a la situación previa a la subida o si irá más allá.

Para Javier Flores está claro: "Todo lo que se llamó temporal ha llegado para quedarse", por lo que la rebaja se aplicará respecto a la situación actual.

Mollinedo añade que estos gravámenes "temporales" han tenido un impacto de 1.957 millones para los trabajadores, 609 millones para las rentas del capital y 261 millones para las sociedades, según las cifras de 2012. Por eso, rebajar la fiscalidad con respecto a la situación que había antes de que Rajoy llegase al Gobierno implicaría subir la presión fiscal en otros conceptos. "Hay muy poco margen si quieres comparar esa rebaja con lo que había en 2011", explica.

Los impuestos que compensarán el recorte del IRPF

En ese sentido, tanto Mollinedo como Flores creen que otros impuestos subirán para compensar la bajada del IRPF. Mollinedo aventura que el informe de la comisión de expertos "apostará seguramente por subir la tributación de las rentas del capital, los impuestos medioambientales y adoptar la tasa a las transacciones financieras", un asunto (este último) al que España ya se comprometió ante la Unión Europea y que podría suponer en torno a 4.500 millones para las arcas españolas, en función de cómo se implemente. Asimismo, tarde o temprano, España se verá obligada a aplicar la sentencia europea que obliga a retirar el IVA reducido que aplica a algunos productos de uso hospitalario.

También Flores cree que se harán retoques en los impuestos sobre el consumo, retirando productos de las categorías de IVA reducido. Asimismo, cree imprescindible una reforma de la fiscalidad de sociedades y ve probable que unifique "el tipo aplicable a los productos de ahorro" (depósitos, inmuebles, fondos, acciones y planes de pensiones). Por último, cree que se efectuará una reforma de la financiación autónomica, que incrementará el tramo autonómico del IRPF.

"Yo esperaría una drástica reducción de desgravaciones y bonificaciones en IRPF y Sociedades (sería deseable) y una reclasificación de bienes en los tramos del IVA para aumentar la recaudación, en la línea de otros países. Eso es compatible con rebajar el IRPF", coincide por su parte Joaquín Maudos, profesor de la Universidad de Valencia.

Los plazos

El propio Rajoy indicó en la entrevista concedida a Antena 3 que el informe que está elaborando la comisión de expertos será presentado a finales de febrero; por lo que espera que la reforma tributaria esté en las Cortes entre marzo y abril. Por su parte, Montoro dijo en su momento que la entrada será progresiva a lo largo de tres años.



Fuentes: Finanzas.com


martes, 14 de enero de 2014

¿Hacienda aún le debe la devolución del IRPF? Conozca las posibles razones

Sobrepasado el Año Nuevo, aún quedan 514.000 contribuyentes a los que Hacienda no les ha devuelto el dinero que les correspondería, según la Declaración de la Renta presentada en la campaña del mes de junio del año pasado. Suponen el 96,5% del total de devoluciones solicitadas, según los últimos datos publicados por el fisco. En muchos casos, se trata de ciudadanos a los que les ha perjudicado la Diosa Fortuna. En otros, existen fundadas razones para que la Agencia Tributaria haya retenido sus liquidaciones del Impuesto de la Renta. Veamos a qué se debe este retraso que, en cualquier caso, es inferior al de ejercicios anteriores. Hace ahora un año, Hacienda no había reintegrado todavía el importe correspondiente al 95,1% de las solicitudes de la Renta relativa a la campaña de 2012.

Si usted se encuentra en este grupo de contribuyentes que todavía no ha recibido la transferencia de Hacienda, debe saber que le ampara la legalidad. Cuando realice definitivamente el ingreso, el fisco deberá abonárselo, sí, pero además, con intereses de demora tributario. Para este ejercicio -al igual que el anterior-, el tipo de interés tributario que se aplica en estas situaciones es el del 5% anual.

La compra de vivienda retrasa
Pero, aún con esta compensación extraordinaria, lo que realmente le interesa es por qué su Declaración se encuentra todavía dando vueltas por las oficinas tributarias. No tiene por qué ser motivo de preocupación. Existen determinadas circunstancias por las que Hacienda retiene una liquidación del IRPF, aunque en otros casos es pura casualidad (y mala suerte para el contribuyente). Por ejemplo, si en 2012 (el ejercicio al que hacía referencia la Declaración presentada a mediados del año pasado) adquirió una vivienda, tiene muchas papeletas para que el fisco analice detenidamente su IRPF. Se trata de una circunstancia que cambia completamente el perfil del contribuyente, no sólo en lo relativo a la desgravación de la que se puede beneficiar, sino también por otros datos adicionales como los de las referencias catastrales, el domicilio fiscal, las cuentas vivienda de las que haya podido disfrutar el comprador en los años anteriores, las posibles rentas inmobiliarias procedentes de otros inmuebles, etc. Al finalizar un ejercicio fiscal, el importe del patrimonio de un contribuyente no debe superar el valor de las inversiones realizadas durante ese periodo. Es decir, que si ha aportado para la adquisición de una vivienda unos 40.000 euros y su renta no llegaba a los 30.000 existe un desfase que deberá explicar. 

Cambios profesionales y familiares
Muchos contribuyentes tienen derecho a determinadas reducciones de cuota, por las circunstancias familiares o laborales que atraviesan. En este punto también incide la Agencia Tributaria, al recordar que es necesario que esas circunstancias aparezcan reflejadas en los certificados que las empresas envían a la Agencia Tributaria, una vez concluido el ejercicio fiscal. Esta misma investigación se lleva a cabo cuando los intereses de productos mobiliarios incluidos en la Declaración no coinciden con los aportados por su entidad financiera. Y también cuando cambian las circunstancias familiares que condicionan toda la liquidación (nuevos hijos, ascendientes en la familia, etc.).

Temido cruce de datos
El cruce de datos es otra de las circunstancias que más pueden afectar al retraso en una devolución... sobre todo, si los que tiene Hacienda en su poder no coinciden ni con los que usted ha presentado ni con los que poseen otras Administraciones. En este caso, Hacienda puede optar por iniciar un nuevo procedimiento, el de la comprobación exhaustiva de su liquidación del IRPF, a través de una "paralela". Este proceso consiste en que Hacienda elabora una liquidación de la Renta alternativa a la que usted presentó, con los datos de los que dispone la Administración. Después, le remitirán la propuesta para que usted la acepte -o la rechace- con las consigueintes consecuencias en forma de sanciones o adeudos pendientes.

Si aún no ha recibido ninguna notificación del fisco, deberá esperar o, como mucho, acudir a su oficina de la Agencia Tributaria para que le informen sobre el estado de su Declaración, algo a lo que no están obligados los técnicos hasta que no finalice el proceso de comprobación de su IRPF. Mientras no reciba ningún requerimiento de Hacienda, puede respirar tranquilo y contar los días que transcurren de 2014 para añadirlos a la suma de los intereses de demora que le deberá abonar la Administración por este retraso.

Fuente: Finanzas.com


martes, 7 de enero de 2014

Las empresas no podrán aplazar las retenciones del IRPF a partir de enero

La facilidad de aplazar el pago de las retenciones en el IRPF ha tocado a su fin. En una instrucción interna a la que ha tenido acceso CincoDías, la Agencia Tributaria insta a todas las delegaciones territoriales a denegar, con carácter general, las solicitudes de las empresas para aplazar las retenciones del IRPF de sus empleados. Esta medida, que entrará en vigor en enero de 2014, sustituye otra orden de la Agencia Tributaria de 2009 de sentido contrario. El cambio cogerá por sorpresa a muchas compañías que confiaban en postergar el importante pago de las retenciones que abonan en enero y que incluyen la extra de Navidad.
La legislación vigente establece que, en principio, las retenciones no son aplazables al tratarse de recursos que no pertenecen a las empresas, sino que derivan delIRPF que pagan los trabajadores. En este sentido, los empresarios actúan como intermediarios o, si se quiere, como recaudadores de la Agencia Tributaria. Sin embargo, ante los problemas de tesorería, Hacienda realizó una interpretación benévola de la ley y permitió a partir de 2009 que las compañías pudieran aplazar las retenciones con la misma facilidad con la que postergan el pago del IVA o el impuesto sobre sociedades.
La nueva instrucción fechada el 9 de diciembre indica que esa permisividad ha provocado “una cierta utilización de forma fraudulenta de la figura del aplazamiento”. Hacienda entiende que la práctica seguida por muchas empresas de “solicitar de manera recurrente y sistemática el aplazamientos de deudas tributarias” resulta “una conducta defraudatoria y provoca graves distorsiones en la competencia”.
De hecho, a partir del primero de enero de 2014, las solicitudes de aplazamiento de retenciones se entenderán “inadmitidas”. Hasta ahora, la Agencia Tributaria las aceptaba o rechazaba. En este segundo caso, el contribuyente contaba con un nuevo plazo para ingresar la deuda tributaria. Es decir, pese a la negativa, se mantenía el periodo voluntario de ingreso. A partir de enero, esto cambiará. Así, con carácter general, las solicitudes para aplazar retenciones serán “inadmitidas”, lo que significa que la deuda entrará automáticamente en vía ejecutiva. Por lo tanto, las empresas afectadas deberán abonar un recargo mínimo del 5% y se exponen a sufrir el embargo de bienes por parte de Hacienda. Además, cuando una compañía mantiene una deuda con Hacienda en vía ejecutiva no puede acceder a aplazamientos por otros impuestos, un problema que podría agravar aún más la tesorería de las sociedades. La figura de la “inadmisión” queda recogida en la ley contra el fraude fiscal que el Gobierno aprobó en octubre de 2012 y afecta a deudas tributarias como las retenciones que, con carácter general, tienen la consideración de “no aplazables”. Sin embargo, la nueva normativa no se había aplicado en la práctica.
Fuentes tributarias indican que para evitar este problema, lo mejor es que los empresarios renuncien a solicitar aplazamientos de retenciones y apuntan que ya han comunicado el cambio de criterio a organizaciones de asesores fiscales. En cualquier caso, como señalan los expertos de Cànovas 1852, el despacho fiscal más antiguo de España y con sede en Gerona, el cambio de criterio llega en el peor momento posible, ya que las cuantías de las retenciones de enero son más elevadas que el resto de meses al incorporar la extra de Navidad. Entienden que tendría sentido dar un plazo mayor a las empresas para adaptarse a la nueva interpretación de la Agencia Tributaria.
Fuente: Cinco dias